Fútbol
Uría y Latham & Watkins consideran irrefutable jurídicamente LaLiga Impulso
-La valoración de ambos es que el ‘Proyecto La Liga Impulso’ “es plenamente compatible con las facultades que otorgan a LaLiga la Ley del Deporte y el Decreto-ley 5/2015”

Javier Tebas. / Servimedia
Servimedia
El análisis de Uría y Latham & Watkins, cuyos informes sobre el ‘Proyecto La Liga Impulso’ se encuentran en manos de los clubes desde hace tiempo, respaldan jurídicamente el proyecto impulsado por el presidente de LaLiga, Javier Tebas.
Ambos despachos consideran que todas las amenazas y acusaciones de fraude de ley no tienen ningún fundamento al considerar la operación completamente conforme al ordenamiento jurídico y con las facultades que legal y regulatoriamente tiene atribuidas LaLiga.
Un análisis que cuenta con el consenso total de ambos despachos jurídicos y que difiere considerablemente con las tesis mantenidas por el Real Madrid y secundadas hoy por el presidente de la Real Federación Española de Fútbol en un nuevo cruce de acusaciones contra el proyecto.
En la nueva carta de respuesta remitida ayer por LaLiga, quedaban recogidos los argumentos de ambos despachos de abogados, que respaldan y “blindan” legalmente desde todas sus dimensiones La Liga Impulso. “Como han declarado reiteradamente los tribunales la finalidad del Real Decreto-ley 5/2015 es que el modelo de negociación conjunta pueda llevarse a cabo y para que pueda obtener el mayor rendimiento posible de los derechos de los que son titulares los clubes, lo que exige un amplio margen de libertad de actuación al organizador. Ese es, precisamente, el objetivo del Proyecto LaLiga Impulso”.
El ‘Proyecto La Liga Impulso’ se enmarca dentro de la esfera privada de auto-organización de LaLiga y se ampara en la plena capacidad de LaLiga y los clubes de organizar sus relaciones económicas. En relación a este punto, desde la patronal que preside Javier Tebas reiteran que “el capital se hace llegar a los clubes en forma de préstamo participativo regulado por el artículo 20 del Real Decreto-ley 7/1996, de 7 de junio, que prevé que “los préstamos participativos en orden a la prelación de créditos se situarán después de los acreedores comunes”.
En consecuencia, todos los clubes pueden tomar este préstamo participativo sin pedir consentimiento a sus acreedores comunes y la operación es realizable de manera inmediata y con pleno respecto a las normas que gobiernan LaLiga. “No se trata, en modo alguno, de un proyecto exclusivo de La Liga. Como es evidente, este proyecto solo se llevará a cabo si lo aprueba la Asamblea General por una amplia mayoría y contará con el consentimiento individual de todos y cada uno de los clubes participantes. Se trata, en definitiva y como no puede ser de otro modo, de un proyecto conjunto de La Liga y los clubes”, manifiestan desde LaLiga.
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